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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2414
CONDENA CONDICIONAL, IMPORTE DE LA FIANZA PARA CONCEDERLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2414
Al no subsistir la obligación del reo de reparar el daño causado por el delito que cometió, lógicamente tiene que declararse como desaparecida su obligación de otorgar parte de la fianza que garantiza dicha reparación.
Precedentes
Amparo penal directo 1164/46. Delgadillo Nájera Juan. 17 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.