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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304302
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2426
CONDENA CONDICIONAL (ROBO A LOS FERROCARRILES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2426
Si los quejosos, responsables del delito de robo cometido en perjuicio de los Ferrocarriles Nacionales de México, delinquieron, fueron juzgados y concluyó el proceso por medio de sentencia, durante la vigencia del decreto de treinta y uno de enero de mil novecientos cuarenta y cuatro, que en su artículo 17, prohibía la concesión de la condena condicional a los responsables del delito de robo de artículos u objetos pertenecientes a los Ferrocarriles Nacionales de México, al habérsele negado la condicionalidad de las sanciones que se les impusieron, no se vulneraron garantías individuales en su contra.
Precedentes
Amparo penal directo 8889/45. Jiménez López Enrique y coagraviado. 17 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.