Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304311
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2563
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2563
No existe en el caso la excluyente de responsabilidad de legítima defensa, si el medio empleado por el agredido para repeler la agresión, no puede considerarse racional, dado que la misma no implicaba un peligro inminente y grave para su vida, circunstancia que le ofrecía la posibilidad de eludir la agresión por otros medios legales.
Precedentes
Amparo penal directo 1267/46. Reyna Ruiz Crescencio. 20 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.