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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2634
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2634
Si el reo no demostró que se encuentre dentro de las condiciones señaladas por la ley para la procedencia del beneficio de la condena condicional, la autoridad responsable está imposibilitada para acordarlo a su favor, oficiosamente.
Precedentes
Amparo penal directo 5105/45. Zapata Avila Leandra. 21 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis está relacionada con la jurisprudencia 62/85, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, página 146.