Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304350
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 26
PENA PECUNIARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 26
Según la interpretación que se ha dado al artículo 61 del Código Penal del Distrito Federal, la pena pecuniaria es aplicable solamente cuando el delito intencional se castiga exclusivamente con pena pecuniaria.
Precedentes
Amparo penal directo 7828/45. Santos García Amando. 4 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.