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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304367
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 137
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, DESPOSEIMIENTO EFECTUADO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 137
La jurisprudencia de esta Corte, relativa a que las autoridades administrativas no tienen facultad para decidir asuntos que son del resorte exclusivo de la autoridad judicial, resulta inaplicable, si no se está en presencia de un desposeimiento ordenado por una autoridad administrativa, sino que se trata de actos que se encuentran relacionados con un procedimiento penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6446/45. Cuevas Marcial. 11 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.