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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304374
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 167
ORDEN DE APREHENSION. SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA (ACTOS INMINENTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 167
El acto reclamado que consiste en una orden de aprehensión, no puede estimarse como inminente, mientras no exista en realidad la orden respectiva, toda vez que puede el Juez de lo Penal no dictarla aun cuando se le haya pedido por el Ministerio Público, y menos podrá ejecutarse mientras no se dicte.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 8403/45. Ramírez Cutberto. 12 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.