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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 193
DICTAMENES PERICIALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 193
Si la autoridad señalada como responsable no tomó en cuenta el dictamen emitido por el perito tercero en discordia, sin que expusiera motivo o razón alguna para no aceptarlo, en este aspecto se vulneraron las normas reguladoras de la prueba.
Precedentes
Amparo penal directo 5315/45. Barranco Ojeda José. 14 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.