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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 439
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 439
No se pueden invocar razones que norman la procedencia del amparo, para determinar la procedencia o improcedencia de la suspensión.
Precedentes
Tomo LXXXVII, página 3548. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 93/46. Estrada de Cuneta Aurora. 12 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXVII, página 439. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 4296/45. Macías Valenzuela Pablo E. 19 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.