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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 834
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 834
No es necesario que en el auto de formal prisión se precise el día y la hora en que el acto delictuoso se consumó, si esta circunstancia no aparece determinada en las actuaciones; ni que en él se clasifiquen los grados del delito y sus diversas modalidades, ya que esto es objeto de la sentencia definitiva, al establecerse la culpabilidad y la pena.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2271/43. Cuervo y Ramírez Victorio. 29 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.