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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1018
DAÑO CAUSADO POR ACCIDENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1018
Basta simplemente el hecho de que el acusado haya confesado la contienda, para que se descarte lo accidental del hecho delictuoso que a consecuencia de ella resultó cometido.
Precedentes
Amparo penal directo 2379/45. Fernández Santillana Isidoro. 8 de febrero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.