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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304482
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1025
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1025
Por lo que hace a la pena impuesta, si bien la responsable citó como fundamento los artículos pertinentes del código de la materia, si no la individualizó razonando en debida forma su arbitrio, no obstante haber sancionado con un tiempo de prisión que se encuentra comprendido dentro del señalado por la ley, para el delito, debe corregirse esa omisión por dicha responsable.
Precedentes
Amparo penal directo 7126/45. Arias Ruiz Rafael. 8 de febrero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.