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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1115
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1115
Si la queja se fundó en el artículo 96 de la Ley de Amparo, no debió el Juez de Distrito basarse en la falta de personalidad del que la interpuso, para desecharla, pues con ello viola dicho artículo.
Precedentes
Queja en amparo penal 658/45. Alverde Nicolás. 9 de febrero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.