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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1228
ADULTERIO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1228
El domicilio conyugal es aquel lugar donde hacen vida común los esposos y ese carácter no se pierde, porque la esposa lo abandone, de manera que si el esposo, como se ha dicho, acepta y confiesa haber hecho vida común con persona distinta de su mujer legítima, dentro del domicilio conyugal, se surten todos los requisitos de la definición del delito de adulterio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4971/45. Castillo Bernardo. 13 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.