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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1804
INTERES JURIDICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1804
Si la resolución reclamada no solo tiende a suspender trabajos que pueden interesar al dueño de los terrenos en que esos trabajos se llevan a cabo, sino que impone al quejoso como simple contratista de esos trabajos, prestaciones que debe cumplir, si no quiere incurrir en las sanciones con que lo amenaza la autoridad judicial que dictó esa resolución, los intereses jurídicos del ocurrente se ven notoriamente afectados, y, por tanto, carece de base legal el sobreseimiento dictado respecto a cada acto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5561/45. Romero Silva Jesús. 27 de febrero de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.