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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2057
COMPETENCIA, PROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2057
El amparo sólo procede, tratándose de competencias, cuando las mismas se refieren a la órbita de las atribuciones de los diversos poderes, esto es, contra las competencias constitucionales, y no las jurisdiccionales que deben reclamarse en la forma establecida por la ley.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 6512/45. Molina María Luisa. 6 de marzo de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.