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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2154
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2154
No pueden incluirse en el monto de la reparación del daño, las cantidades que corresponden a honorarios y gastos y costas del juicio ejecutivo mercantil que el querellante siguió contra el acusado, si son absolutamente ajenas a la infracción imputable al reo y por tanto, no pueden estimarse consecuencias dañosas derivadas de aquélla.
Precedentes
Amparo penal directo 8772/45. Hermosillo Córdova Flavio. 11 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.