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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2168
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2168
El Código Penal del Estado no exige que para proceder por el delito de abuso de confianza, que sea necesario interpelar previamente al deudor, ni llenar algún requisito, con carácter de prejudicial, puesto que basta la querella para que se entienda por llenado el requisito en cuestión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5869/45. Casillas Gallo Miguel. 11 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.