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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2326
APELACION, PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA RESOLUCION QUE LA DESECHA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2326
La resolución que confirma la calificación del grado hecha por el inferior declarando que éste obró correctamente al desechar la apelación, tiene efectos positivos, que consisten en considerar que causó ejecutoria la sentencia apelada, cuyo recurso se desechó por parte de la autoridad responsable; en esa virtud, la suspensión procede para mantener el estado de cosas existentes, a efecto de que no se ejecute la sentencia recurrida, mientras se falla el principal de este asunto, en donde se resolverá si fue bien desechado el recurso de apelación.
Precedentes
Amparo penal 405/46. Martínez Tamez Angel, sucesión de. 12 marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 490, tesis 291, de rubro: "SUSPENSION, EFECTOS DE LA.".