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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2408
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2408
La sola circunstancia de que la cicatriz se encuentre en parte visible de la cara, no obliga a afirmar que la misma tenga las condiciones de notabilidad requeridas por la ley, y que, según el criterio sustentado en esta Sala en diferentes ejecutorias, debe quedar constatada mediante la fe judicial.
Precedentes
Amparo penal directo 241/46. Fuentes Rodríguez José. 14 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.