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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2421
DOCUMENTOS PUBLICOS, CONSTANCIAS DE AUTOS QUE PUEDEN DESVIRTUARLOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2421
Lo hecho constar en un documento público o en una certificación puede ser desvirtuado por otras pruebas que en concepto del juzgador sean plenas para contradecir lo asentado en aquel documento o en aquella certificación; así por ejemplo, la declaración de un notario, respecto a la capacidad de una de las partes contratantes, puede ser errónea o aun maliciosa y el error o la malicia pueden ser demostrados por cualquier medio ordinario de prueba de las que la ley autoriza.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8655/45. Rojo Zenón. 14 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.