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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2685
ADULTERIO, DELITO DE (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2685
El agravio que se refiere a que el auto de formal prisión que se reclama carece de base suficiente porque el delito de adulterio que se supone cometido, se realizó sin escándalo, debe desecharse si el quejoso no comprobó en forma alguna tal circunstancia, que deberá ser examinada detenidamente en la sentencia respectiva, ya que para fundar el auto de formal prisión, basta que esté comprobado debidamente el cuerpo del delito y que haya datos suficientes que hagan presumir la responsabilidad del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1750/45. García González Leonor y coag. 22 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.