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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2749
SITUACION JURIDICA, CAMBIO DE LA (LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2749
En cuanto a que en el fallo dictado en el incidente de libertad por desvanecimiento de datos se haya resuelto declarando que no fue procedente el sobreseimiento, tal resolución no puede considerarse como agravio en el juicio de garantías, pues resulta improcedente, ya que al dictarse la sentencia definitiva cambió la situación jurídica creada con dicha resolución y es la definitiva, no la incidental, la que puede causarle agravio al reo.
Precedentes
Amparo penal directo 6152/45. Fernández Rodríguez Raymundo. 25 de marzo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.