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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2754
MULTA, SUSTITUCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2754
Si la sustitución de la multa impuesta fue hecha por la responsable sin razonar para ello su arbitrio, conforme al artículo 29 del Código Penal, procede conceder el amparo únicamente para el efecto de que la responsable, razonando en debida forma su expresado arbitrio, fije la sanción corporal que estime justa, para el caso de que no se pague la multa impuesta, tomando como base el monto de la utilidad diaria del reo.
Precedentes
Amparo penal directo 4500/45. Marmolejo Rodríguez Esteban. 25 de marzo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.