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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 3117
SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 3117
Es indispensable para que un hecho superveniente dé causa para revocar o modificar la resolución dictada en el incidente de suspensión, que provenga de alguna las autoridades señaladas como responsables en el amparo a que el incidente se refiere, pues de otro modo se juzgaría de actos ajenos a los que se imputan a dichas autoridades, y esto sería indebido.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 623/46. Torres Marcos. 30 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.