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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 43
ARBITRIO JUDICIAL, FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 43
Si la autoridad sentenciadora no funda su arbitrio, resultando excesiva la pena y la multa impuesta al reo, es pertinente otorgar la protección federal, para el efecto de que, tomando en consideración la autoridad responsable, todas las circunstanciales que establezca la ley, le imponga la pena que estime justa.
Precedentes
Amparo penal directo 9406/41. Torres Sánchez Fernando. 3 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXXVI, página 1860. Indice Alfabético. Amparo directo 9404/41. Fernández Gómez Ignacio. 3 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.