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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 138
EBRIEDAD DEL CHOFER CUANDO CONDUCE UN VEHICULO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 138
Si bien la Ley del Servicio de Tránsito del Estado de Jalisco, de treinta de julio de mil novecientos cuarenta y uno, erigió en delito el hecho de conducir un vehículo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas enervantes, estableciendo en el artículo 106, un procedimiento especial para su de comprobación, el artículo 466 del Código de Procedimientos Penales de la entidad Federativa citada, establece que, para la comprobación del cuerpo del delito, el Juez gozará de la acción más amplia sobre los medios de investigación que estime conducentes, los que tendrán todo su valor legal como pruebas, aun cuando no sean de los que designa y detalla la ley, siempre que no estén reprobados por ésta; teniendo como preferentes, de ser posible y en igualdad de condiciones, los que determina el capítulo del código invocado, a que pertenece el artículo 466. Y como quiera que la Ley del Servicio de Tránsito no deroga el Código de Procedimientos Penales, pues que nada establece al respecto en sus artículos transitorios, o en el cuerpo de la misma, resulta inconcuso que el juzgador, al tener por comprobado el cuerpo del delito de conducción de vehículos en estado de embriaguez, conforme a los términos del código procesal y no de la ley especial, no violó garantía alguna al recurrente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5827/45. Ramírez Ramírez José y coag. 4 de octubre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.