Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304727
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 185
AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 185
El tercero perjudicado sólo puede pedir amparo contra las resoluciones en los procesos penales, cuando aquéllos afecten la reparación del daño o la responsabilidad civil, pero no tratándose del auto de formal prisión, que no toca para nada a tales materias.
Precedentes
Queja en amparo penal 322/45. Madrid de Guzmán Concepción. 6 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.