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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 501
DROGAS HEROICAS, USO Y TRAFICO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 501
Si no está comprobado el ánimo de traficar con la droga que se encontró en poder del acusado, requisito indispensable para que se configure el delito contra la salud, en los términos del artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal, la sentencia que lo condene por ese delito, es violatoria de garantías, aunque se compruebe que el acusado tenía esa droga para su uso personal.
Precedentes
Amparo penal directo 4475/44. González Tena Casimiro. 17 de octubre de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.