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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 505
EVASION DE PRESOS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 505
Si está demostrada la ausencia de los detenidos, la reaprehensión de algunos de ellos, y existen las declaraciones de algunos empleados, sobre que al evadirse los presos procedieron por concierto previo y haciendo fuerza en las cosas, la existencia del delito queda comprobada, sin que sea necesario demostrar que la detención de los evadidos obedece a orden de autoridad competente, porque esa exigencia se refiere a delito distinto, o sea, al cometido por quien proporcione la evasión de varias personas privadas de libertad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5569/45. Mendoza Gildardo y coag. 17 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.