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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 693
TESTIGOS PARIENTES DE LA VICTIMA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 693
El parentesco de los testigos con la víctima del delito no inhabilita sus testimonios, pues un sentimiento natural obliga a los deudos del ofendido a procurar el castigo de quien ocasionó el daño y no de persona inocente, a menos que se demuestre que existe alguna causa que incline a tales deudos, a proceder de otra manera.
Precedentes
Amparo penal directo 6375/45. García Cardona Antonio. 24 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.