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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 944
ROBO, CUANTIA DEL (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 944
El artículo 331 del Código Penal aplicable dispone que: "para estimar la cuantía del robo, se atenderá únicamente al valor intrínseco de la cosa robada"; pero no puede aducirse violación de este precepto si, aunque no se hizo avalúo de la cosa robada, por peritos, la cantidad que el sentenciador tomo en cuenta al establecer la pena por el monto de lo robado, es la que el reo recibió como importante de su venta, siendo indudablemente tal cantidad inferior a la que en el mercado tenía dicha cosa, que para el caso sería su valor intrínseco.
Precedentes
Amparo penal directo 6854/45. Alemán Nava Jesús. 5 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.