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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 983
CONFESION DEL REO, ARRANCADA POR COACCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 983
Estando probada, la detención o incomunicación del reo en los separos de la inspección de policía, y que fue allí donde, al decir de dicho reo, se le arrancó su confesión, habiendo accedido a aceptarla por los sufrimientos a que se le sujetó, es justo y jurídico que la misma no se tenga como concluyente de su responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 5624/45. Alfaro Fernández Alberto. 7 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.