Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304805
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1007
LESIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1007
La disminución definitiva de la agudeza visual de un ojo a percepción de la luz, incuestionablemente cabe dentro de la definición del artículo 291 del Código Penal, constituye una perturbación para siempre de la vista y en consecuencia, tal es el precepto exactamente aplicable al caso de lesiones.
Precedentes
Amparo penal directo 6496/45. Calderón González María Guadalupe. 8 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.