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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1293
RESPONSABILIDAD DEL REO (ERROR EN EL GOLPE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1293
No puede considerarse que existe duda de la responsabilidad del reo por la circunstancia de no haber tenido la intención de ofender a ninguna de las personas que resultaron lesionadas, si está demostrado que la tuvo de lesionar a otras, pues no lo exime de culpa el error en el golpe o sea, cuando el agente de la infracción, por torpeza en el manejo del arma o por alguna otra circunstancia imprevista, mata a persona diversa de la que se proponía, atenta la presunción legal de intencionalidad que induce a suponer que, por causas ajenas a su voluntad, el mal recayó en persona diversa de aquélla a quien iba dirigido.
Precedentes
Amparo penal directo 7157/45. Arteaga Belisario. 22 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.