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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1396
FRAUDE, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE (CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1396
No obstante que la figura delictiva prevista por la parte II del artículo 93 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para su penalidad, se remite a la sanción que establece la fracción I del artículo 386 del Código Penal del Distrito Federal, ello no es óbice para considerar que la infracción que se comete, está prevista por una ley de carácter federal, que se creó para proteger de un modo especial al cheque, estableciendo una tutela que lo preserve de la desconfianza pública, consignando, un tipo de delito especial, no previsto por el Código Penal; por consiguiente, debe aplicarse al caso lo dispuesto por la fracción I del artículo 104 constitucional, que determina que corresponde a los Tribunales de la Federación conocer de todas la controversias del orden civil o criminal que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales.
Precedentes
Competencia 158/41. Suscitada entre la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y el Tribunal del Primer Circuito. 27 de noviembre de 1945. Mayoría de catorce votos. Disidente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.