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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2433
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, FACULTADES DEL MINISTERIO PUBLICO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2433
El artículo 117 del Código de Procedimientos Penales aplicable, no da facultades al Ministerio Público y a la Policía Judicial para asegurar y retener las cosas materia del delito, sino sólo los instrumentos, armas u objetos de cualquiera clase que pudieran tener relación con el delito y se hallaren en el lugar en que éste se cometió, en sus inmediaciones, en poder del reo o en otra parte conocida.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7057/43. Mendoza Petra. 20 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.