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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 313
EMBRIAGUEZ, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 313
No puede considerarse demostrada la excluyente de ingestión involuntaria de bebidas embriagantes, si no está probado que tal ingestión la hubiera llevado a cabo el acusado por engaño o de algún otro modo que hubiera pasado inadvertido; menos aún, si la misma no lo puso en un estado de inconsciencia de sus actos.
Precedentes
Amparo penal directo 3850/45. Chávez Vázquez Miguel. 13 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.