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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304908
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 173
MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 173
El Ministerio Público, en sus funciones de investigación, como miembro de la policía judicial, obra indiscutiblemente como autoridad y por consiguiente, sus actos u omisiones pueden ser objeto del juicio constitucional, cuando tales actos u omisiones no puedan combatirse por medio de recursos ordinarios.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 379/46. Baduy Abud Jorge E., sucesión de. 4 de abril de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos L. Angeles y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXXV, página 749. Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 1376/45. Romero Jesús Raymundo. 31 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo LXXXV, página 749, esta tesis aparece bajo el rubro: "MINISTERIO PUBLICO, CUANDO DAN SUS ACTOS LUGAR AL AMPARO.".