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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 763
LENOCINIO, DELITO DE (ALQUILER TRANSITORIO DE HABITACIONES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 763
Si no se encuentra un vínculo directo entre la utilidad obtenida por el reo y la prostitución ejercida por terceras personas, sino que las cantidades de dinero que aquél recibía eran la compensación de servicios prestados, no existiendo de esta manera, la relación de causalidad que exige el artículo 207 del Código Penal del Distrito, debe estimarse que no está comprobado el cuerpo del delito de lenocinio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8/45. Robles Maldonado Esperanza. 1o. de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.