Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304920
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 915
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 915
No es exacto que el delito de falsificación de documentos deba tenerse como un medio preparatorio para la comisión del peculado, si éste se consumó independientemente de dicha falsificación, que se llevó a cabo para encubrir la responsabilidad criminal del infractor, en las relaciones o informes que estaba obligado a rendir.
Precedentes
Amparo penal directo 1879/44. Domínguez Borges Faustino. 8 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.