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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 965
SINDICO DE LOS AYUNTAMIENTOS, NO SON AUTORIDADES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 965
El síndico de un Ayuntamiento, aun cuando hubiese actuado en funciones de agente del Ministerio Público, no es autoridad judicial y, por consiguiente, sus actos no causan propiamente un perjuicio a la recurrente, ni tiene personalidad para interponer el recurso de revisión contra tales actos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7382/42. Garza Mardoqueo. 9 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.