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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1175
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1175
Si el arrendatario, sin el consentimiento del propietario, destruye parcialmente el inmueble arrendado, su responsabilidad en tal hecho no desaparece por la circunstancia de que dicho propietario siga percibiendo las rentas, pues si dicho propietario acepta la consumación de los hechos, es evidente que no se conforme con la situación de derecho, si se reservó a hacer valer las acciones de cualquier naturaleza, que le correspondieran en contra del arrendatario, como lo probó manifiestamente al haber formulado la denuncia a las autoridades correspondientes.
Precedentes
Amparo penal directo 10064/44. Sánchez Maldonado Ricardo. 17 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.