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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1263
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1263
Es de desecharse el agravio hecho valer en el sentido de que la confesión le fue arrancada al reo por medio de la violencia, si esta circunstancia no está probada en autos, y por el contrario, está robustecida por la de los demás coacusados, ratificadas en presencia judicial.
Precedentes
Amparo penal directo 8130/44. García Bonilla Pedro. 20 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.