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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304968
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1368
ENCUBRIMIENTO, DELITO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1368
La circunstancia de que el reo se haya abstenido de denunciar los hechos delictuosos de que tuvo conocimiento, puede dar lugar a que se le estime encubridor en los términos de la fracción I del artículo 400 del Código Penal aplicable, pero no como confesión de robo.
Precedentes
Amparo penal directo 4396/45. Soto Gómez Francisco. 23 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.