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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1867
PARTE CIVIL EN EL PROCESO PENAL, CALIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1867
Consistiendo la calidad de parte civil en un acto autónomo que contiene la declaración formal de querer actuar como parte en el proceso, la misma no puede sustituirse con cualquiera manifestación análoga de voluntad, aun cuando esté comprobada en autos. La ausencia de tal formalidad, en la especie, priva al recurrente de personalidad en el juicio de amparo y no puede en consecuencia, introducir válidamente el recurso de revisión, en los términos del artículo 84 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2983/45. Becerra García Santiago. 5 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.