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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2060
FIANZA CARCELERA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2060
Si el impedimento del acusado que gozaba de libertad caucional, para comparecer ante su Juez, y del fiador para presentar al mismo, cuando fueron requeridos para ello, fue justificado, no debe hacerse efectiva la fianza correspondiente, máxime si el acusado se ausentó del país, con permiso del Juez del proceso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4065/45. Roel Santiago. 10 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.