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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2336
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2336
El Juez, al razonar su arbitrio judicial para la individualización de la pena, no cumple con los preceptos legales respectivos, si se concreta a manifestar que el caso que se estudia está comprendido para su penalidad, en tales o cuales artículos y en función de ellos se fija la penalidad, pero se abstiene por completo de describir las circunstancias en que se desarrollaron los hechos, las particulares, principalmente del reo, entonces enjuiciado, y de todas aquellas que pudieron precisar su peligrosidad mínima, media y máxima y en relación con esas circunstancias, justificar la penalidad impuesta.
Precedentes
Amparo penal directo 2259/45. Naquid Barket Alfredo. 26 de septiembre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.