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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 99
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PRESCRIPCION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 99
No puede servir de base para el término de la prescripción, la fecha que tengan los contratos que precisamente se redarguyen de falsos, si los mismos fueron confeccionados mucho tiempo después, siendo la fecha exactas en la cual se alteraron los documentos, la en que se consumó el delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4825/44. Bernal Blas. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXXXIII, página 872, tesis de rubro "FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL TRATANDOSE DEL DELITO DE.".
Tomo CI, página 1459, tesis de rubro "FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PRESCRIPCION TRATANDOSE DEL DELITO DE.".