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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 305082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 196
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 196
No es posible admitir que se haya operado del ánimo del acusado el miedo grave, nacido de un temor fundado e irresistible de un mal inminente y grave en su persona, cuando es él quien se dirigió al lugar en donde de produjo la perturbación angustiosa, de su ánimo o en otros términos mas gráficos, cuando es el acusado el que va con miedo, a buscar que se produzca el miedo.
Precedentes
Amparo penal directo 8654/44. Trujillo Eulogio. 5 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.